jueves, 24 de enero de 2013

DOPING


Según el Código Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA o, en inglés, WADA), se habla de dopaje cuando se produce una o varias de estas situaciones:
    1) Cuando se detecta la presencia de una sustancia prohibida o de los metabolitos o de los marcadores de esa sustancia en el cuerpo de un deportista. En algunas sustancias está permitida la presencia de una determinada sustancia en el organismo, pero solamente hasta un límite máximo de concentración en la orina, sangre o aire espirado.
    2) Cuando se usa o se intenta  usar una sustancia prohibida o un método prohibido.
    3) Cuando un deportista se niega injustificadamente a someterse a un control de dopaje o no acude a someterse a un control de dopaje después de habérsele notificado.
    4) Cuando no da información o da una información errónea sobre el lugar en el que se encuentra en cada momento. Si al deportista se le detecta 3 veces en un plazo de 18 meses que no ha dado la información correcta o que no se encontraba en el lugar en el que debía encontrarse cuando un agente de dopaje fue a hacerle un control de dopaje por sorpresa, será sancionado por dopaje. 
    5) Si hace trampas, o intenta hacer trampas, cuando está siendo sometido al control de dopaje.
    6) Si el deportista o el personal de apoyo al deportista se halla en posesión, o administra, o trafica con cualquier sustancia prohibida o método prohibido, a no ser que el deportista tenga una autorización expresa para utilizarlo por parte de la autoridad de control de dopaje correspondiente.
    7) Cuando se administra o se intenta administrar una sustancia o un método prohibido a un deportista o cuando se asiste, incita, contribuye, instiga, encubre o se intenta, en definitiva, que el deportista se dope.
    8) Si se detectan anomalías en el pasaporte biológico (análisis periódicos de sangre del deportista para detectar variaciones anómalas de algunas variables sanguíneas que pueden ser explicadas por la toma de productos prohibidos). Si tras detectarse grandes anomalías en el análisis de sangre realizado, basadas en las variables sanguíneas relacionadas con el metabolismo de los glóbulos rojos, y  tras oir al deportista y realizar análisis complementarios, el panel de expertos concluye de manera unánime que no hay explicación razonable alguna para explicar las anomalías detectadas en el control sanguíneo que no sea otra que la toma de una sustancia o método prohibido, se podrá sancionar al deportista.

El caso mas cercano de dopaje:

2012 (agosto): La Agencia Antidopaje Estadounidense (USADA) suspende de por vida a Lance Armstrong y le priva de sus siete victorias en el Tour de Francia (1999-2005). La UCI decide el 22 de octubre confirmar esta sanción y extenderla al resto del mundo, por lo que el norteamericano pierde definitivamente sus siete victorias en el Tour.

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